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ACREDITATE COMO OBSERVADOR ELECTORAL
La confianza en las elecciones es producto del esfuerzo de todos los mexicanos. Usted puede formar parte activa del proceso de consolidación de nuestra democracia. Participe activamente como observador del proceso electoral federal 2005-2006.

La observación de los actos de preparación y desarrollo de las elecciones, así como de los actos que se lleven a cabo el día de la jornada electoral, es un derecho de los ciudadanos mexicanos.

¿Puedo participar como observador electoral?

Si usted es ciudadano mexicano, en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, puede participar como observador del proceso electoral. Los requisitos son:

No haber sido miembro de organizaciones o partidos políticos en los últimos tres años.
No haber sido candidato a puestos de elección popular en los últimos tres años.
Haber obtenido oportunamente su acreditación ante la autoridad electoral.
Asistir a los cursos de capacitación impartidos por el IFE.
Contar con credencial para votar con fotografía.
No haber sido designado para integrar las mesas directivas de casilla ni las mesas de escrutinio y cómputo del voto de los mexicanos residentes en el extranjero.

¿Cómo puedo participar?

De dos formas:

Personal.
Por medio de una organización de observadores.

¿Qué tengo que hacer?

Para ser observador electoral se necesita obtener la acreditación del IFE, la cual se puede conseguir siguiendo estos pasos:

1. Solicite su acreditación, personalmente o a través de la organización a que pertenezca, ante el Consejero Presidente del Consejo Local de la entidad federativa o del distrito electoral federal donde se ubique su domicilio (vea un ejemplo de la solicitud).

2. Presente la solicitud por escrito con sus datos de identificación personal.

La solicitud debe estar dirigida al Consejero Presidente del consejo local o distrital donde se ubique el domicilio del ciudadano o de la organización que desea participar en la observación electoral.

3. Adjunte a su solicitud los siguientes documentos:

a. Dos fotografías.
b. Fotocopia de su credencial para votar.
c. Declaración, bajo protesta de decir verdad, que no ha sido miembro de la dirigencia de algún partido político ni candidato a puesto de elección popular en los últimos tres años.
d. Manifestación expresa de que se conducirá conforme a los principios de imparcialidad, objetividad, certeza y legalidad y sin vínculos con algún partido u organización política.

4. Acuda al curso de capacitación para observadores electorales que ofrece el IFE.

Para obtener mayor información llame sin costo, desde cualquier parte del país, a IFETEL al 01 800 433 2000.

¿Cuál es la fecha límite para presentar mi solicitud?

El periodo para presentar la solicitud de registro como observador electoral es del 6 de octubre de 2005 al 31 de mayo de 2006.


¿Cuáles son los derechos de los observadores electorales acreditados por el IFE?

• Podrán realizar observación electoral en todo el territorio nacional.
• Podrán solicitar a las juntas locales del IFE en las entidades federativas correspondientes la información que requieran para llevar a cabo sus actividades como observadores electorales, de conformidad con la normatividad de transparencia y acceso a la información pública del IFE, y siempre y cuando se esté en posibilidades materiales y técnicas para entregarla.
• Podrán presentarse el día de la jornada electoral, con sus acreditaciones y gafetes en una o varias casillas, así como en el Consejo Distrital correspondiente y observar los siguientes actos:

Instalación de la casilla.
Desarrollo de la votación.
Escrutinio y cómputo de la votación en la casilla.
Fijación de los resultados de la votación afuera de la casilla.
Clausura de la casilla.
Lectura de los resultados en el Consejo Distrital.
Recepción de escritos de incidencias y protesta.
• Podrán presentar al IFE un informe de sus actividades.


¿Cuáles son las obligaciones de los observadores electorales acreditados por el IFE?

Los observadores electorales se abstendrán de:

Sustituir a las autoridades electorales en sus funciones, así como obstaculizar o interferir en el desarrollo de sus actividades.
Hacer proselitismo o manifestarse a favor de algún partido político o candidato.
Expresar cualquier ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos o candidatos.
Declarar el triunfo de algún partido político o candidato.
Las organizaciones a las que pertenezcan los observadores electorales deberán presentar, a más tardar veinte días antes de la jornada electoral, al Consejo General del IFE un informe en el que declaren el origen, monto, aplicación del financiamiento que obtengan para el desarrollo de las actividades que realicen.